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Decreto 806 del 4 de junio de 2020 - Se adoptan medidas para implementar el uso de las TIC's en las actuaciones judiciales

Mediante el Decreto 806 del 4 de junio de 2020 se adoptaron medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.

Entre lo más relevante se encuentra:

  • Poderes se pueden conferir mediante mensaje de datos, con la sola antefirma, y sin necesidad de autenticación.
  • Demandas se pueden presentar por medio de mensaje de datos; al momento de radicación, demandante debe enviar copia de la demanda y sus anexos al correo electrónico del demandado.
  • Audiencias se deben realizar de manera virtual.
  • Notificación personal se realiza enviando copia de la providencia al correo electrónico, no se requiere comunicación previa ni aviso posterior. La notificación se entiende surtida dos (02) días hábiles después del envío del mensaje y los términos empiezan a correr a partir del día siguiente de la notificación.
  • Emplazamientos se realizarán únicamente en el registro nacional de personas emplazadas, sin necesidad de publicación en un medio escrito.
  • Se permite la sentencia anticipada en el proceso contencioso administrativo.
  • Apelación en procesos civiles y de familia vuelve a la forma escritural, se deberá sustentar por escrito y de la misma manera se proferirá la sentencia.

Para ver el Decreto completo, ingrese al siguiente link:

DECRETO 806 DEL 4 DE JUNIO DE 2020