Mediante Acuerdo PCSJA20-11556 del 22 de mayo de 2020, el Consejo Superior de la Judicatura prorrogó la medida de suspensión de términos hasta el 8 de junio de 2020, amplió excepciones, y adoptó otras medidas ante la emergencia del COVID-19.
Entre lo más relevante se encuentra:
- Prorroga de la suspensión de términos desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio de 2020 inclusive.
- Se mantienen excepciones, entre otras, para tutelas y habeas corpus; control inmediato de legalidad; diligencias específicas en procesos penales; diligencias específicas en procesos de familia.
- Se amplían excepciones en materia de lo contencioso administrativo, entre otras: (1) Aprobación o improbación de las conciliaciones extrajudiciales; (2) Todos los medios de control del CPACA cuando los procesos se encuentren para dictar sentencia en primera, segunda instancia o única instancia; (3) Todas las acciones del Decreto 01 de 1984, cuando se encuentren para dictar sentencia en primera, segunda o única instancia.
- Se amplían excepciones en materia civil, entre otras: (1) Trámite y decisión de los recursos de apelación y queja interpuestos contra sentencias y autos, así como los recursos de súplica; (2) Levantamiento de medidas cautelares sujetas a registro; (3) Liquidación de créditos; (4) Terminación de procesos de ejecución por pago total de la obligación.
- Se establecen excepciones en materia de familia.
- Se amplían excepciones en materia laboral.
- Se amplían excepciones en materia disciplinaria.
Para ver el acuerdo completo, ingrese al siguiente link: